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El Diario Oficial “El Peruano” publicó el Decreto Supremo N° 029-2021 en su edición del viernes 19 de febrero de 2021, el mismo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1412, con referencia a la aprobación de la Ley del Gobierno Digital y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y el uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo. Este Decreto Supremo consta de ocho (08) Títulos, veintiún (21) Capítulos, ciento veintiún Artículos, cincuenta y dos (52) Disposiciones Complementarias Finales, cuatro (04) Disposiciones Complementarias Transitorias, seis (06) Disposiciones Complementarias Modificatorias, una (01) Disposición Complementaria Derogatoria y un (01) Anexo, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Esta norma legal fue refrendada por la presidente del Consejo de Ministros, el ministro de Economía y Finanzas, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, el ministro del Interior, la ministra de Defensa y el ministro de Cultura.

El contenido de este Reglamento ofrece mayores elementos legales de seguridad con referencia al uso de las tecnologías y medios electrónicos, los mismos que son materia del actuar de BIGDAVI S.A.C. y que pone a disposición de sus clientes, tanto personas naturales como jurídicas.

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